jueves, 28 de agosto de 2014

Realidad de las elecciones universitarias. Reflexiones tardías


En agosto de 2014 leí el comunicado emitido por la Representación Estudiantil ante la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, el cual tiene como objetivo, exigir que se convoque un Consejo Universitario Extraordinario para que  apruebe el cronograma de las elecciones estudiantiles,  con base en una argumentación muy enérgica y lógica, de manera que la iniciativa luce pertinente en su concepción académica y  jurídica, así como en la temporalidad del planteamiento.  Aun más, sirve de motivación para lanzar voces y reflexiones sobre las elecciones universitarias en particular,   así como de otros asuntos académicos, en general. Como consecuencia, a mis colegas profesores universitarios, aunque parece extemporánea toda consideración sobre estos temas, como dice la sabiduría popular… nunca es tarde.

Así las cosas, sobre el comunicado y otros asuntos académicos pareciera pertinente plantear dos (2) argumentos a partir de las disposiciones de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV)[1]  contenidas en el Art. 109 de la misma,  donde consagra los elementos constitutivos de la universidad autónoma. De los elementos, el primero no se había incluido expresamente en ninguna de las constituciones promulgadas anteriormente en Venezuela, es decir, que según la Constitución del 99 la “universidad autónoma” es jurídicamente una “comunidad académica y no es una comunidad universitaria.

Este primer elemento es contundente y contumaz en la universidad autónoma, como Universidad Central de Venezuela.  Y lo es así, porque el Constituyente de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV) del 99, acertadamente configura taxativamente dicha condición de comunidad académica en su Art. 109 cuando señala: (…) “los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas (…)”concepción que también es asumida por el Legislador en la Ley de Universidades[2] del 1970 que en su Art. 1., señala: ” La Universidad  es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a profesores y estudiantes (…)”Es decir,  no se incluyen otros actores que participan en la gestión universitaria para lograr las finalidades que persigue la institución universitaria, contenidas en el Art. 102 de la CRBV y en el Art. 3 de la Ley de Universidades (LU). Parece pertinente destacar, que bien podrían haberlo dicho en su oportunidad, tanto el Constituyente del 99 como el legislador del 70, pero ambos mantuvieron el concepto de “comunidad académica” que mantienen la mayoría de las universidades desde la  creación de dicha institución en el siglo XII.

Ahora bien, ¿Qué implicaciones tiene este asunto? Podrían mencionarse varias:

1.    1.- En el caso de la Universidad Central de Venezuela, institución con una gestión consolidada de casi trescientos años, con una tradición sobre elecciones universitarias sin cuestionamientos, especialmente  de la manera como se han realizado estos procesos, no pueden hacerse transformaciones sin un modelo institucional bien concebido, por cuanto ella es coherente con el andamiaje jurídico que el marco legal le permite.  De manera que hasta que no se realicen modificaciones del marco jurídico señalado anteriormente, no podría implementarse ninguna transformación electoral, debido a que el mecanismo seguido por la Universidad, tiene legitimidad de origen basado en el reconocimiento de la CRBV donde tipifica su condición de “comunidad académica”, y también tiene legitimidad de ejercicio porque ha realizado sus procesos electorales conforme a disposiciones legales.   Y  además, el legislador entiende que las elecciones electorales de la universidad son ejercicios para la formación de la ciudadanía emancipadora como le corresponde desarrollar una universidad autónoma, y en consecuencia el proceso electoral en nuestra universidad tiene connotación académica. Este criterio no niega la  expectativa de quienes consideran que deben acceder a los procesos electorales de la universidad, los cuales habría que analizar de manera sosegada, y sin calificaciones que menoscaben derechos de los demás actores que laboran para la universidad. De manera que, para satisfacer esas expectativas de todos los actores sociales de la universidad,  deben tomarse las providencias respectivas.

 2.-  El segundo elemento se focaliza en poner en evidencia que a una comunidad académica, le es inmanente la autonomía” aspecto contenido también el Art. 109 de la CRBV y argumentado en el comunicado de la Representación Estudiantil.

Finalmente, conviene mencionar que no solo las elecciones estudiantiles ameritan atención por parte de los universitarios, también se requiere analizar el marco legal que regula nuestra institución ante el vilipendio  de muchas actores sociales externos e internos a ella. Sin embargo, existen lineamientos para seguir siendo la primera universidad de este país, de América Latina y del mundo.

Profa. Ligia Sequera Melean.  Escuela de Salud Pública. 


[1] Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.  G.O N° 36.860, 30 de diciembre de 1999, Pág. 26
[2] Ley de Universidades. 1970 (G.O. No.1429,Extraordinario,del 8 de septiembre de 1970)

jueves, 10 de julio de 2014

INFORME DE LA PROFESORA JOSEFA ORFILA REPRESENTANTE PROFESORAL SUPLENTE

Quiero expresar mi agradecimiento a los 513 voluntarios que participaron activamente en esta nueva edición de la Evaluación Diagnostica por Área de Conocimiento Ciencias de la Salud (año 2014). Su activa participación garantizó el éxito de la jornada que culminó sin ningún contratiempo y con comentarios que confirman el logro del objetivo planteado el pasado 12 de febrero del año en curso, cuando iniciamos con la primera reunión preparatoria del evento.
Mención especial merecen los Coordinadores de los Centros de Acopio ubicados en las Facultades de Odontología, Farmacia, Humanidades y Educación, Ciencias, el Edificio de Aulas de la Facultad de Ingeniería así como en el Anfiteatro Dr. Andrés Gerardi de la Facultad de Medicina.
No quiero dejar de mencionar el sentido de pertenencia y compromiso institucional puesto una vez más de manifiesto por el equipo de trabajadores de la Oficina de Educación para Ciencias de la Salud y de la Coordinación Administrativa de la facultad de medicina, quienes  sin mirar horario fueron actores fundamentales en la logística de la EDACI 2014, atendiendo, en paralelo las actividades propias del cargo que cada uno desempeña dentro de su dependencia.
A nuestros estudiantes, una vez más gracias, su comportamiento fue a la altura de las circunstancias.
A los aspirantes a ingresar en la Universidad Central de Venezuela, éxitos¡¡¡
Decano y autoridades Decanales compartiendo con Profesores y colaboradores durante la realización de la EDACI 2014

lunes, 26 de mayo de 2014

Derecho de Palabra de representación estudiantil Escuela de Medicina “José María Vargas” Facultad de Medicina #UCV

El día 20.05.14, se le concede un DERECHO DE PALABRA a una representación estudiantil de cursantes del primer año de medicina de la Escuela de Medicina “José María Vargas”, con el fin de exponer en el extracto institucional, la situación de arresto y posterior liberación de varios de sus compañeros   de primer año.

Se presentan a la Sala de sesiones del Consejo de Facultad los Bres. Julio Rodríguez, Oscar Núñez y María Hurtado, estudiante del primer año de la carrera de medicina de la Escuela de Medicina “José María Vargas”, quienes expusieron lo siguiente:

En primera instancia reciban un cordial saludo. Por medio de la presente comunicado, los estudiantes cursantes del primer año de medicina de la Escuela de Medicina “José María Vargas”, adscrita a nuestra prestigiosa Facultad de Medicina de nuestra respetada, y hoy tan golpeada, Universidad, hace constatar la solicitud imperante de derecho de palabra ante la reunión del día de hoy 20 de mayo del mes en curso, en el ejercicio de la protesta participativa orientada hacia la permanencia de la condición de excelencia concerniente a la idiosincrasia de la academia, con el motivo de exponer en el extracto institucional, la situación de arresto y posterior liberación de varios de nuestros compañeros de primer año, Julio Rodríguez, René Rivera, Oscar Núñez, Daniel Yibrín, Cristian Morales y Juan Carlos Romero, además, la propuesta de carácter “excepcional” referente a la aplicación de reprogramación académica del Br. José Manuel Ceballos Rojas, C.I. 20.290.653, también estudiante regular del primer año de medicina, quien fue aprehendido el pasado lunes 12 de mayo aproximadamente a las 2:00pm, en Las Mercedes y continúa privado de libertad en la sede de la Guardia Nacional Bolivariana en el sector El Nazareno de Petare (Municipio Sucre) por medidas cautelares de causalidad acusativa hacia su persona, por parte del sistema judicial y penitenciario de la nación, con argumentación inocua, inconclusa e injustificada hacia la aplicación de cargos por fomentar obstrucción de vías públicas, incendio, daño a la propiedad privada y agavillamiento, siendo su caso  registrado en el Tribunal 19 con el número de control de expediente 16695-14
De acuerdo con lo antes descrito, referimos con urgencia, la petición de intervención oral a la convocatoria atribuida a su institución el día de hoy, con la intención de exponer la situación de hostilidad y desventaja académica del compañero, en aras de que las autoridades universitarias levante su voz en apoyo  a los estudiantes de nuestra facultad, además, aplique las medidas que consideren pertinentes para salvaguardar la integridad del bachiller José Manuel Ceballos Rojas como estudiante.

·         El Decano encargado, Dr. Arturo Alvarado, Dra. Carmen Cabrera, Coordinadora General y los Directores de las Escuela de la Facultad de Medicina de la UCV, responden a los bachilleres de las acciones que han venido desarrollando en virtud del atropello y maltrato que han sufrido los estudiantes de nuestra facultad:

La Facultad de Medicina, por órdenes del ciudadano Decano, se comunicó con el Sr. Juan Ceballos, padre del bachiller José Manuel Ceballos Rojas al igual que con la Sra. Reina Camacaro, y el Sr. Henry Tovar madre y padre de la bachillera Abril Aruyuri Tovar Camacaro, a fin conocer los detalles de la situación de estos bachilleres.

En el caso del Br. Ceballos, la Coordinadora General se comunicó telefónicamente con el padre del bachiller el día viernes, quien me manifestó que ya se encontraba haciendo los trámites para la fianza e informó que la Carta de Buena Conducta que les  estaban pidiendo debían solicitarla exclusivamente en el Edificio París ubicado en la Candelaria, (antigua dependencia del Ministerio de Justicia) ya que es la única que están aceptando, para lo cual deberían llevar el número de registro de control y de expediente para que le sea entregada. Dicha información se le comunicó a la Profesora Inílida  Artigles, Asesora Jurídica de la UCV, quien en ese momento estaba recibiendo las tres cartas de buena conducta de los últimos tres bachilleres de la Escuela de Medicina “José María Vargas”, ya los otros estudiantes habían recibido su carta de buena conducta de la Facultad de Medicina avalada por el Rectorado y Consultoría Jurídica de la UCV, pero la misma no la estaban aceptando.
A través del Br. Freddy Peláez,  obtuvimos los números telefónicos de los representantes de la Bra. Abril Tovar y del Sr. Ceballos, y se comunicó a la Bra. Hilda Rubí para que difundiera la información sobre la fianza y la carta de buena conducta por todas las redes sociales.

Todos los casos que han sido denunciados por los estudiantes y los Directores de Escuela, fueron pasados, por orden del Decano, al Foro de Penal,  diferentes ONG y Sres. Diputados que se encontraban realizando actividades en pro de la liberación de los estudiantes, todo esto de manera oportuna para que los estudiantes sintieran el apoyo de la Facultad.

Al finalizar la exposición de los bachilleres, los miembros del Cuerpo realizaron preguntas a los mismos, las cuales fueron respondidas satisfactoriamente.

DECISIÓN:
2.   Ratificar y elevar al Consejo Universitario los planteamientos realizados por los estudiantes en los derechos de palabras ejercidos en las sesiones del Consejo de Facultad N° 14/14 de fecha 13.05.14 y 15/14 de fecha 20.05.14, por los bachilleres Freddy Peláez y Yasaremi Mercadante de la Escuela de Nutrición y Dietética  y Julio Rodríguez, Oscar Núñez y María Hurtado de la Escuela de Medicina “José María Vargas”.
3.   Acoger la decisión tomada por el Consejo de la Escuela de Medicina “Luis Razetti”,  en su sesión de fecha 15.05.14 de:
·         Solidarizarse con la protesta estudiantil.
·         Solicitar la convocatoria a Asamblea General de la Facultad de Medicina, con la finalidad de definir las estrategias que promueven la efectiva participación de nuestras Autoridades y del gremio profesoral en la lucha liberada por nuestros estudiantes.
·         Repudiar la criminalización de la protesta pacífica. 
·         Exigir la liberación de los estudiantes privados de su libertad.
4.   Considerar reprogramación académica especial para todos los estudiantes que han sido y están siendo privados de libertad, lo que representa una violación  a su derecho constitucional a la educación.

SECRETARÍA DEL CONSEJO DE FACULTAD.